Por Miriam Telma Jemio

En el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), el área protegida más biodiversa de Bolivia, el hogar de más 850 especies de animales, el Estado boliviano ha violado los derechos de la Naturaleza y de los pueblos indígenas con las acciones realizadas para plasmar un proyecto carretero concluye la sentencia del Tribunal Internacional de Defensa de la Naturaleza (TIDN), por lo cual exige al gobierno de Evo Morales la paralización inmediata y definitiva de las obras viales al interior de esa reserva natural.

La sentencia del TIDN, conocida el 14 de mayo en Bolivia, contempla 11 medidas de cumplimiento inmediato como sanción al Estado boliviano, entre ellas, que se sancione a los responsables de la violenta represión que sufrieron los indígenas en la población de Chaparina mientras realizaban una marcha en rechazo a la carretera en 2011 y que el presidente Evo Morales pida disculpas públicas por esa represión.

La sentencia del Tribunal, firmada por 26 jueces entre los cuales resaltan defensores de los derechos humanos y ambientales como las ecuatorianas Patricia Gualinga y Blanca Chancoso, Vandana Shiva de la India y Tom Goldtooth de Estados Unidos, ha sido desconocida por el gobierno de Evo Morales porque consideran que el TIDN no tiene representación oficial ni jurídica.

Medidas de la sentencia

Con base en el informe de la Comisión que visitó el territorio indígena en agosto pasado, el Tribunal concluye que “el Estado Plurinacional de Bolivia ha violado los Derechos de la Naturaleza y de los pueblos indígenas del TIPNIS en calidad de defensores de la Madre Tierra, a la vez que ha incumplido con su obligación de respetar, proteger y garantizar los Derechos de la Madre Tierra, según lo establecido en el propio marco jurídico nacional y la normativa internacional relacionada”.

La sentencia del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN), un documento firmado por 26 jueces y juezas de talla internacional, dispone 11 medidas de cumplimiento inmediato como sanción al Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, entre ellas, “la paralización inmediata y definitiva de cualquier tipo de avance en la construcción de infraestructura vial en el denominado tramo II desde Isinuta a Monte Grande al interior del TIPNIS” y la “abrogación de la Ley No. 969”, así como la elaboración de una norma legal “que garantice la conservación y protección del TIPNIS, prohíba la construcción de una carretera que atraviese su zona núcleo y que a la vez que respete los derechos de los pueblos indígenas que allí habitan”.

Entre otras exigencias están el “reconocimiento del derecho territorial y autonomía del área de las ex concesiones forestales de Bosque de Chimanes a favor del Territorio Indígena Multiétnico”, la “adopción de medidas efectivas para detener el avance de la colonización hacia la zona núcleo del TIPNIS” y la anulación “de los planes de expansión petroleros”.

Como resarcimiento exigen, además, la “identificación y sanción de los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos en el año 2011 en Chaparina” cuando los indígenas fueron violentamente dispersados por la Policía al mando del ministro de Gobierno, Sacha Llorenti, actual embajador ante la ONU. Así mismo, pide que el Estado reconozca su responsabilidad en la falta de justicia hasta el momento por esos hechos violentos y que el presidente Evo Morales pida disculpas públicamente.

En el año 2011, indígenas marcharon durante 64 días para exigirle al gobierno Boliviano que se cumplan y respeten sus derechos. Foto: Hsas Lelponi Maria Alba Guillen, publicada en Mongabay Latam

Tras conocer la sentencia, la indígena Cecilia Moyoviri, vicepresidente de la central TIPNIS, dijo a este medio que espera que el gobierno haga caso al Tribunal y que respete a los indígenas que están en resistencia a la construcción de la carretera y lamentó que ya se haya proseguido con los trabajos de la vía y con la edificación de los puentes, que están ahora concluidos como lo denunció el senador opositor Arturo Murillo a inicios de mayo.

“Siempre he denunciado que con la Ley 180 (Ley de Intangibilidad) en vigencia, igual iniciaron la construcción de los puentes. Nos mintieron, ellos estaban avanzando, igual que nos mintieron con la consulta (previa e informada). Nos hicieron firmar cuando nos entregaron motores, motosierras, tanques de agua que pusieron en nuestras comunidades. Así hicieron creer que eso era la consulta”, manifestó la dirigente indígena.

Moyoviri recordó que por eso los dirigentes orgánicos del TIPNIS (existe otra dirigencia paralela afín al gobierno) en 2017, en Bonn, Alemania, denunciaron ante el TIDN al Estado Plurinacional de Bolivia por atropellos y violación de sus derechos por la insistencia de construir una carretera por medio de su territorio y la abrogación de la Ley 180 que declaraba intangible al TIPNIS.

En atención a ello, en agosto de 2018, una Comisión conformada por Antonio Alberto Acosta (Ecuador), Enrique Viale (Argentina) y Shannon Biggs (Estados Unidos) llegó a Bolivia, ingresó hasta la comunidad Trinidadcito del TIPNIS, para evidenciar las denuncias y recoger los testimonios de los indígenas y del Gobierno. Esa Comisión entregó su informe en enero pasado al TIDN pidiendo sanción para el gobierno de Evo Morales.

Algunas evidencias que avalan el fallo

El 22 de septiembre de 2006, mediante Ley No. 3477, se declaró de prioridad nacional y departamental la elaboración del Estudio a Diseño Final y construcción del tramo Villa Tunari – San Ignacio de Moxos atravesando la zona núcleo del TIPNIS. En 2008, en el documento base contratación se dividió el trazo la de carretera en tres tramos: Tramo I de 47 km. desde Villa Tunari a Isinuta, Tramo II de 177 km. desde Isinuta a Monte Grande –atravesando el TIPNIS y Tramo III de 82 km. desde Monte Grande a San Ignacio de Moxos.

El Tramo II es el que afecta al TIPNIS porque atraviesa el mismo sin considerar su condición de área protegida y la afectación a los tres pueblos indígenas que la habitan: Yuracarés, Tsimanes y Mojeños Trinitarios.

Para el Tribunal, el TIPNIS representa una de las pocas áreas con alto grado de conservación en Latinoamérica y su capacidad de regeneración se ve en riesgo por la expansión del monocultivo de la hoja de coca, propio del modelo productivo establecido en el “polígono siete”.

La demanda de nuevas tierras para cultivos de hoja de coca ha significado, erosión de los suelos, deforestación continua y con ello la pérdida de biodiversidad, perturbaciones en las funciones ecológicas que cumplen los ecosistemas del TIPNIS -particularmente el piedemonte- y efectos negativos sobre la flora y fauna, se explica en una parte del fallo.

Para los miembros del Tribunal, la carretera Villa Tunari- San Ignacio de Moxos ampliará y profundizará la colonización hacia la zona núcleo del TIPNIS, generando las condiciones para la producción de hoja de coca sobre el piedemonte y la articulación del “polígono siete” con las áreas de colonización que se pretenden establecer al norte en el área colindante con Bosque de Chimanes. Esto podría significar la pérdida del 64,5% del bosque en 18 años, aproximadamente 610.848 hectáreas de selva serían desboscadas, bosques que son el hábitat de cientos de animales, insectos, plantas y territorio de Yuracarés, Tsimanes y Mojeños Trinitarios.

En la sentencia se establece que el “Estado boliviano ha violado los principios de prevención y precaución establecidos en el Artículo 4 incisos 4 y 8 de la Ley No. 300, a la vez que ha incumplido con su deber de regular y fiscalizar a través del órgano competente el manejo integral del TIPNIS según la normativa vigente, en específico lo establecido en el Decreto Supremo No. 25983, y no ha cumplido con su obligación de establecer medidas de precaución y restricción que evite la violación a los Derechos de la Naturaleza, según lo establecido en la Declaración (art. 3); Ley No. 071 (art. 8); y Ley No. 300 (art. 10).

“Dado que el Estado tiene la obligación de garantizar el respeto de estos derechos, se tiene que el Estado Plurinacional de Bolivia no ha cumplido con sus obligaciones de respeto, protección y garantía de los Derechos de la Naturaleza que sanciona el art. 3 de la Declaración; el art. 8 de la Ley No. 071; y los art. 10 y 27 de la Ley No. 300”, explica.

El Tribunal considera que a través de la abrogación de la Ley No. 180 y respectiva promulgación de la Ley No. 969, el Estado boliviano ha incumplido con su obligación de establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra como lo determina la Declaración en el inc. 5 del artículo 3 y los incisos 3 y 4 del art. 10 de la Ley No. 300.

Así mismo, determina que el Estado boliviano ha violado los derechos colectivos e individuales de las naciones y pueblos indígenas del TIPNIS establecidos en la Constitución Política del Estado; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en complementariedad, compatibilidad e interdependencia con los Derechos de la Naturaleza tal como lo declara el art. 9 de la Ley No. 300.

Y de seguir construyéndose la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos socavará las condiciones ambientales en las que se fundamenta el modelo social, político, productivo y cultural de los pueblos indígenas. La constante expansión –física y demográfica- del “polígono siete” y posible articulación a través del TIPNIS con otras áreas de similar producción supone la paulatina desaparición, asimilación o expulsión de los indígenas.

Otras medidas que debe cumplir el Estado

El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza en su sentencia contra el Estado Plurinacional de Bolivia contempla 11 medidas de cumplimiento inmediato. Entre ellas, pide que “aplique efectivamente las normas y las leyes que garanticen la efectiva defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra, en especial con la puesta en vigencia de la Defensoría de la Madre Tierra, que a nueve años de su creación por la ley Nº 071 aún no entra en funcionamiento”.

Pide también que cese con las presiones para disciplinar y controlar a los movimientos sociales, sobre todo a las organizaciones indígenas, lo que afecta gravemente su capacidad de organización y autonomía, afectando su potencialidad para defender la Madre Tierra.

Además, señala que debe garantizar a los pobladores indígenas el cumplimiento de su papel fundamental como defensores de la Madre Tierra, sobre todo en el mantenimiento de sus ciclos de vida y salud integral en el TIPNIS y en el resto del territorio nacional.

Finalmente, recomienda que se retomen las medidas de vigilancia, control y participación social por parte de la sociedad civil, para que esta pueda ejercer su papel de fiscalizador y defensor de los derechos de la Naturaleza en el TIPNIS.

Un Tribunal inspirado en Evo Morales

Alberto Acosta explicó a este medio que la “sentencia es ética” y está dirigida “a quien apareció en una época como el gran defensor de la madre tierra y de los indígenas: el presidente Evo Morales”. “Sería genial que Evo Morales diga vamos a tomar en cuenta esta sentencia, esta recomendación que nos está exigiendo suspender la carretera por el TIPNIS. Me temo que el presidente y su gobierno nuevamente responda con ataques, con descalificativos, con epítetos sin analizar la sentencia”, manifestó Acosta.

Este medio buscó conocer la posición de autoridades de gobierno sobre la sentencia. En el Ministerio de Medio Ambiente nos respondieron que: “Para el Ministerio de Medio Ambiente y Agua el auto-denominado Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza no tiene ninguna representación institucional tanto a nivel nacional como internacional. Por lo tanto, sus resoluciones no tienen carácter oficial ni jurídico”.

Acosta recordó que se inspiraron en las palabras que Evo Morales dijo en el encuentro en Tiquipaya en 2010 sobre que para garantizar los derechos humanos es necesario reconocer los derechos de la madre naturaleza. “Lo dijo en Tiquipaya, de ahí surge este Tribunal”, aseguró.

Para el actual presidente del TIDN, Alberto Acosta, el fallo tendrá trascendencia internacional. “No solo por quienes lo firman sino por su contenido y la imagen del presidente Evo Morales, que se presentó como el gran líder defensor de los derechos humanos y de la naturaleza, se va a ver afectada”, puntualizó.

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza está conformado por jueces y juezas de reconocida trayectoria científica y ética respecto a los derechos de la naturaleza, nombrados por defensoras y defensores de la Madre Tierra de diferentes partes del mundo.

Es una instancia de la sociedad civil, con carácter ético, que tiene como objetivo investigar y dictaminar casos sobre violaciones a los derechos de la naturaleza, por la infracción de responsabilidades por parte de organizaciones internacionales, Estados, empresas o individuos, en aplicación de lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra aprobada en Tiquipaya (Bolivia) en 2010.

El TIDN inició sesiones el 17 de enero de 2014 en Quito, Ecuador, presidido por Vandana Shiva. El 5 de diciembre de ese año, se reunió en Lima, Perú, bajo la presidencia del ecuatoriano Alberto Acosta. El 4 de noviembre de 2015, el abogado y especialista sudafricano en Derechos de la Naturaleza, Cormac Cullinan, presidió la tercera sesión del Tribunal. En Bonn, Alemania, el 7 de noviembre de 2017, se instaló el Tribunal teniendo como su presidente al líder indígena norteamericano Tom Goldtooth.

Acosta afirma que ningún miembro del Tribunal recibe un pago de ninguna entidad o institución. “Nos acusaron de todo. No recibimos un solo centavo por estas tareas. No trabajamos para ningún organismo internacional o de alguna ong. Muchas de estas personas estuvimos en Tiquipaya”, dijo.

Tras conocer la sentencia, Pablo Solón, director de la Fundación Solón, manifestó que la misma es un duro mensaje para el gobierno sobre todo porque los jueces que la firman han estado de lado del presidente Evo Morales. “Son personalidades muy reconocidas a nivel internacional que han estado totalmente del lado de Evo Morales, muchos vinieron a Bolivia (a Tiquipaya, en 2010). No es el imperialismo norteamericano o la derecha internacional que está creando un complot o una conspiración contra el Gobierno, no. Son los aliados del proceso de cambio que le están tirando las orejas al gobierno de Evo Morales con lo que viene haciendo con el TIPNIS”, explicó.

Solón considera que el fallo es una evidencia muy fuerte de que se están violando los derechos de la naturaleza y de los indígenas en Bolivia y podrá ser utilizado para acudir a otras instancias internacionales. “El trabajo de la sentencia no termina aquí, sino que empieza hoy”, puntualizó.

Los miembros del Tribunal que firman la sentencia son: Tom Goldtooth (EEUU), Cormac Cullinan (Sudáfrica), Vandana Shiva (India), Osprey Orielle Lake (EEUU), Simona Fraudatario (Italia), Ute Kocsy (Alemania), Yaku Pérez (Ecuador), Maristella Svampa (Argentina),  Ruth Nyambura (Kenya), Nnimmo Bassey (Nigeria), Ashish Kothari (India), Enrique Leff (México), Francesco Martone (Italia), Antoni Pigrau (Catalunya), Casey Camp Horinek (EEUU), Antonio Elizalde (Chile), Horacio Machado Aráoz (Argentina), Rita Segato (Argentina), Valerie Cabanes (Francia), Arturo Escobar (Colombia), Rocío Silva Santiesteban (Perú), Patricia Gualinga (Kichwa Sarayaku), Linda Sheehan (EEUU), Blanca Chancoso (Ecuador) y Mario Melo (Ecuador).

La sentencia será socializada al interior del TIPNIS, en diferentes comunidades, en las próximas semanas; así como a nivel internacional en instituciones como la ONU. “El Tribunal solo tiene un mandato ético y no es vinculante. Pero en tanto que una de las referencias jurídicas de la sentencia es la propia Constitución de Bolivia —promulgada por el mismo Evo Morales— que reconoce los derechos de la Pachamama, la misma permitirá visibilizar el tema y presentarlo como caso ante la CIDH, sostiene Rocío Silva, una las firmantes de la sentencia.

Foto de portada: “VIII Marcha por el TIPNIS. Autor. RAraoz” por MarielleClaudia bajo licencia CC BY-NC-ND 2.0 

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